miércoles, 19 de enero de 2022

ALEGACIONES AL REAL DECRETO DE INGRESO Y ACCESO MINISTERIO DE EDUCACIÓN. PLAZO 21 DE ENERO

Se admiten sugerencias para modificar el RD de educación hasta el 21 de enero

 

https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/informacion-publica/audiencia-informacion-publica/abiertos/2021/prd-modifica-rd-276.html


Os dejamos enlaces con las alegaciones publicadas por distintas organizaciones.

Os animamos para que podáis registrar también la vuestra utilizando las que os parecezcan más conveniente.


Aportaciones de la Federación de Enseñanza de la CGT al Real Decreto de modificación parcial y transitoria del reglamento de ingreso en los cuerpos docentes | CGT Enseñanza Andalucía



http://cgtaeducacion.org/aportaciones-de-la-federacion-de-ensenanza-de-la-cgt-al-real-decreto-de-modificacion-parcial-y-transitoria-del-reglamento-de-ingreso-en-los-cuerpos-docentes


1.- El real decreto debe recoger lo ya sentenciado por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia Europeo en materia de estabilidad y sobre el abuso de contratación temporal.

  • El decreto debe otorgar fijeza a las personas contratadas en abuso de temporalidad y no a las plazas.
  • El límite temporal para la consolidación fijado con anterioridad al 2016 (6 años) no tiene sentido cuando la legislación española lo sitúa claramente en 3 años, a partir del cual se ha de dar solución a la contratación temporal.
  • No aparece regulada ninguna sanción al abuso de la contratación temporal, por lo que nada impide que en un futuro se vuelva a reproducir esta situación.

2.- Concurso de méritos y concurso-oposición.

  • No tiene sentido que se limite la experiencia profesional docente poniendo un máximo de 10 años, aspecto que perjudica claramente a las personas que más tiempo llevan ocupando estas plazas y que por lógica deberían ser las primeras en estabilizar. Creemos fundamental que en un proceso de consolidación se puntúe al máximo posible la experiencia previa en el puesto sin límite temporal.
  • Deben considerarse todos los procesos selectivos aprobados, sin acotarlos al 2012 y posteriores. Haber superado estos procedimientos ha garantizado el acceso a la función pública docente en condiciones de igualdad, mérito y capacidad independientemente de la fecha en que se superaran. No tiene sentido esta limitación.
  • Es inaceptable e incoherente que en estos procesos se puntúe y reconozca la experiencia en centros concertados-privados cuando no son las plazas objeto de consolidación.
  • No se aclara si ambos procesos son excluyentes o si una persona interina se puede presentar a los dos procesos.
  • Se debe especificar claramente cuáles son las plazas objeto de estabilización con carácter estructural que deben ser convocadas por la vía concurso de méritos, respetando la legislación vigente y las diversas resoluciones judiciales al respecto.
  • Tiene que concretarse de forma expresa cómo se deben llevar a cabo los procesos de oposición convocados por diferentes CC. AA. para este verano del 2022 y si se rigen por la modificación de este real decreto.
  • ALEGACIONES PLATAFORMA D'INTERINES DOCENTS DE CATALUNYA

ALEGACIONES DOCENTES POR LA PÚBLICA

Visto el último borrador en que se modifica el baremos de acceso por la vía de concurso de méritos desde Docentes por la Pública tenemos que decir lo siguiente:
 1.lo más  importante sigue siendo que la administración educativa saque a concurso todas las plazas correspondientes que son las ocupadas de forma temporal desde el 1/1/2016 (sea por funcionario de carrera en comisión o sea por varias personas) y las vacantes actualmente ocupadas por personal con relación con la administración anterior al 1/1/20106
2- Del baremo destacamos que en el apartado 1 experiencia docente esta se limite a 10 años y se puntúe a 0,7 puntos en vez de un punto. De la misma forma en el apartado 3 otros méritos no se entiende el motivo por el cual no cuentan las oposiciones aprobadas antes del 2012.
Por otra parte destacar que se ha modificado el apartado 2 de la disposición adicional quinta. Este apartado excluía a los que aprobasen por la vía de concurso de la fase de prácticas. En el tercer borrador este avance también se ha marchitado. 
 Por último manifestar que esta doble vía estabiliza plazas y no personas, no reconoce el fraude a los tres años, puede abocar a muchos interinos e interinas al paro si no superan el proceso (dada la modificación del TREBBEP de cesar a los tres años) y es un parche que no evitará que se vuelvan a producir los mismos abusos que actualmente pues la multa por hacerlos es mínima para la administración.
Desde Docentes por la Pública seguimos reclamando una doble vía permanente- y no como excepcionalidad- como modo de garantizar una estabilidad de las personas y por tanto una educación de más calidad.